Señor JULIO MAGAN ZEVALLOS
Presidente del INPE
Lima.
Acudimos a Ud. en su condición de responsable de la política
penitenciaria del gobierno, cuya característica medular hoy es una regresión en
el régimen penitenciario, inmerso en medio de la agudización de contradicciones
en el seno del Estado Peruano.
El objeto de la presente es denunciar la ilegal permanencia
nuestra en éste penal y la vulneración de nuestros derechos fundamentales.
Demandamos a Ud. se sirva disponer lo pertinente para nuestro traslado a un
E.P. de régimen cerrado ordinario, tal como nos corresponde, así como el
respeto a nuestros derechos fundamentales y constitucionales, llevamos más de
10 años en éste penal y 4 años clasificados en régimen ordinario.
Como es de dominio suyo, la Constitución Política del Perú,
reconoce expresamente en su art. 139 inc. 22 “El principio de que el régimen penitenciario
tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a
la sociedad”; el C.E.P. (D. Lg. 654, del 02/08/1999) norma esta disposición
constitucional y precisa en su título preliminar, art. IV “El tratamientop
penitenciario se realiza mediante el sistema progresivo”. Todo esto también es
consagrado en la “Reglas Mínimas para el tratamiento de los reclusos”
Resoluciones de las Naciones Unidas Nº 663C (XXIV de 31-07-1957) y Nº 2076
(LXII de 13-05-1977) las cuales son vinculantes y tienen fuerza de ley al
incorporarlas el Estado Peruano a la legislación vigente. Así mismo, el
Reglamento del C.E.P. (D.S. Nº 015-2003-JUS) en su art. 3 y 4 establece “el
interno forma parte de la sociedad y goza de sus derechos con las limitaciones
que impone la ley”; y en el art. 5 “el sistema progresivo del tratamiento
penitenciario”.
La realidad de los hechos cotidianos es contundente,
irrefutable y comprueba como es cuestionada, restringida o negada por el
gobierno. A nosotros la legislación de excepción aún vigente, propia de la
guerra interna de los 80s y 90s, nos consideró “enemigos del Estado” y como a
tales se nos trató y sigue tratando, nos niegan la condición de ciudadanos, así
como nuestros derechos fundamentales, nos aplican el “derecho penal del enemigo”
en la ejecución penal, de ahí los conceptos de “inoculizar”, “aislar”, “someter
a la muerte civil”, difundidos por Ministros de Estado y predecesores suyos en
el largo, en los medios de comunicación. Al cuestionar la trología
constitucional “reeducación, rehabilitación y reincorporación”, la convierten
en invocación formal, pues, todo lo someten, subordinan y justifican con las “seguridad
penitenciaria”, la cual para el Gobierno es indesligable de la “seguridad
penitenciaria y seguridad del Estado”. El fondo del asunto es impedir nuestro
derecho a la libertad que nos corresponde cumplida la sentencia impuesta,
manteniéndonos de por vida presos, apelando a argucias y leguleyadas
judiciales.
Nosotros en estos ya más de 10 años hemos cumplido con la
progresión del régimen cerrado especial desde la etapa “A” al régimen cerrado
ordinario mínimo. Son más de 6 años que se nos niega la visita de amigos, con
argumentos pueriles y ridículos: “son correas de transmisión”, “los amigos
pasan, en complicidad con malos elementos del INPE, todo lo ilegal encontrado
en requizas”. Se nos niega el uso de cabinas telefónicas públicas controladas
por la autoridad, como existen en todos los penales ordinarios. Hoy, hablan de
un “régimen cerrado ordinario especial para Uds.”
Hacen tabla rasa y violan sus propios criterios de
clasificación y separación por categorías, mezclan adrede todo tipo de internos
por diversos delitos, a bandas rivales, generando conflictos y reyertas, con
saldo de heridos y muerto; en nuestro caso, en los pabellones en que nos
clasificaron las autoridades, incluyeron arrepentidos, agentes de los servicios
de inteligencia de las FFAA, agentes policiales, con el vano afán de
provocarnos, todo esto es expresión de que persiste la reaccionaria y siniestra
política de enfrentar presos contra presos.
El tratamiento penitenciario es formal, su carácter obligatorio
es usado como medio de cohersión, chantaje y amenaza real de regresión. Las
evaluaciones semestrales, en el caso nuestro llevan más de un año de retraso, recién
en Mayo 2015, regularizan la evaluación correspondiente a Agosto del 2014. Otro
ejemplo de incumpliento de sus normas en perjuicio de los internos.
Por disposición de su despacho licitaron una modificación de
celdas, cuestionando la normatividad internacional y nacional al respecto. El
E.P. Ancón I, fue diseñado para albergar a 1.200 internos, hoy somos más de 2
mil, los pabellones con capacidad para 108 internos y dos pabellones para 54
cada uno; hoy, rebasan los 200 y hasta 300 internos, en el caso de máxima “A”. La
modificación ha implicado destruir las dos camas por ambiente y reemplazarlas
por tres nichos, con una separación de 75 cms. Entre cada uno, nadie puede
sentarse en ellos. Es una burla a todos los reglamentos que norman el espacio,
luz natural, ventilación, luz eléctrica, agua, desagüe, etc. De las celdas. A
esto se suma la cruel tortura de hacinar entre 4 a 6 internos por celda; y, de
obligar a los internos a pintarlas de color blanco, con su propio peculio, hoy
todas las reparaciones las pagamos los internos, con sobre precios a
funcionarios del INPE, encargados.
Esta modificación la realizaron con los propios internos
dentro de los pabellones de “A” y 14 internos de ordinaria, entre los cuales
nos encontramos los suscritos, en el pabellón 3. Esta práctica inhumana provocó
serios problemas de salud, mayores conflictos y peleas por el control de celdas
y nichos.
El hacinamiento, el INPE, lo ha convertido en una real bomba
de tiempo. Pretenden mitigarla haciéndose de la vista gorda y fomentándose todo
tipo de actividades ilegales e ilícitas, la corrupción campea como complemento
necesario e inherente a estos regímenes especiales e inconstitucionales.
Tenga presente que el gobierno del Sr. Obama da pasos para
despenalizar y liberar más de un millón de presos en EEUU, lo propio hacen en
la Unión Europea y países de América Latina. El gobierno del Sr. Humala, a
contracorriente, elimina beneficios penitenciarios, aumenta las penas para más delitos,
convirtiendo los penales en depósitos de presos hacinados sin perspectiva de
libertad.
En cuanto a visita familiar e íntima interpenales, normada por ley y refrendada por sentencia del T. Constitucional del 2009, la niegan nuevamente en estos últimos años, en el caso de uno de los firmantes.
DEMANDAMOS A Ud. el respeto a nuestros derechos y el traslado
a un penal ordinario, por todo lo expuesto.
Atentamente
MOROTE BARRIONUEVO Osmán
COX BEUZEVILLE Edmundo
Ancón, 18 de mayo del 2015
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